ORTIZ, MIGUEL ANTONIO c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo N°2 de Santa Fe confirmó la procedencia del recurso de Miguel Antonio Ortiz contra la resolución que no reconoció diferencias salariales por ascensos posteriores a su retiro, ordenando la liquidación de las diferencias con intereses. La decisión se fundó en la protección de derechos previsionales y constitucionales del recurrente.
¿Quién es el actor?
Miguel Antonio Ortiz, ex personal policial y beneficiario de jubilación.
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales por ascensos posteriores al cese, incluyendo diferencias salariales y retroactivos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró procedente el recurso, anuló la resolución que no reconocía diferencias y ordenó que en ejecución de sentencia se determine y pague la diferencia salarial con intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la resolución administrativa que no reconoció las diferencias salariales, pese a los ascensos y aumentos posteriores al cese, vulneraba derechos constitucionales y principios de seguridad social, además de afectar la dignidad del beneficiario. Se resaltó que la ley 11.530 establece que el haber se calcula sobre un promedio de 12 meses y que los ascensos deben reflejarse en el haber previsional. La resolución impugnada no motivó adecuadamente la decisión y no consideró la proporcionalidad razonable entre los haberes en actividad y en pasividad. La jurisprudencia provincial y doctrina aplicable respaldaron la protección del derecho del recurrente a la actualización de su haber, con lo cual se ordenó la liquidación de diferencias y el pago con intereses desde la fecha del reclamo. La Cámara también destacó que la interpretación de los actos administrativos debe ajustarse a los principios de legalidad, razonabilidad y proporcionalidad, y que la protección constitucional de los derechos previsionales y de propiedad impone que las diferencias por ascensos sean reconocidas y pagadas.
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