IMACO S.A. -CONCURSO PREVENTIVO INCIDENTE DE REVISION PROMOVIDO POR AFIP s/ IMPUGNACION-VERIFICACIONES TARDIAS-OTROS INCIDENTES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Santa Fe denegó el recurso extraordinario federal interpuesto por AFIP contra una sentencia previa, argumentando que el escrito no cumplía con los requisitos formales de impugnación y que las decisiones de primera instancia se fundamentaron en normas y jurisprudencia que la Corte no revisa en esta instancia.
- Quién demanda: AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos)
¿A quién se demanda?
Corte de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de la sentencia que resolvió la denegación del recurso de inconstitucionalidad en un incidente de revisión en un concurso preventivo, solicitando la concesión del recurso extraordinario federal.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe denegó el recurso extraordinario por no cumplir con los requisitos formales y sustantivos establecidos en la normativa, en particular, por no efectuar una crítica razonada de la sentencia y no demostrar que la decisión fuera contraria al derecho federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso deducido contra el decisorio de este Cuerpo registrado en A. y S. T. 314, págs. 229/233, no cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3, incisos 'd' y 'e' del reglamento aprobado por la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación al no efectuar la impugnante una crítica razonada de la sentencia atacada, refutando todas y cada una de las motivaciones enunciadas por este Tribunal Superior, refutando todas y cada una de las motivaciones enunciadas por este Tribunal Superior, demostrando que media una relación directa e inmediata de las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada es contraria al derecho federal aducido." Además, se puntualiza que la parte actora insistió en cuestionar la decisión sin aportar argumentos jurídicos adecuados, y que la resolución se basó en fundamentos sólidos en las normas y jurisprudencia citadas, por lo cual, no se configuraron los supuestos de arbitrariedad o lesión de derechos constitucionales que justifiquen la revisión en esta instancia. Se concluye que no se acreditó la existencia de un motivo suficiente para conceder el recurso extraordinario, por lo que la Corte decide denegar la solicitud con costas.
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