LEGAJO DE COPIA G., T. c/ INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DE OBRA SOCIAL (IAPOS) s/ AMPAROS - HABEAS DATA
La Cámara de Apelaciones rechaza la apelación de la demandada y confirma la resolución que ordenó la provisión inmediata de medicación para tratar la Atrofia Muscular Espinal, considerando la urgencia y el derecho a la salud del amparista.
- Quién demanda: G. T. en representación de su hijo.
¿A quién se demanda?
Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (I.A.P.O.S.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La provisión del medicamento Nusinersen (Spinraza) para tratar la Atrofia Muscular Espinal del menor, en cumplimiento del derecho a la salud y la protección de derechos de personas con discapacidad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la resolución que ordenó la provisión del medicamento Spinraza, rechazando los recursos de la demandada y la actora, y manteniendo la medida cautelar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El análisis de los antecedentes y la prueba aportada, en particular los informes médicos y la condición de discapacidad del amparista, demuestra la existencia del riesgo en la demora y la gravedad de la enfermedad, justificando la medida cautelar. La resolución impugnada se encuentra debidamente fundada en la protección del derecho a la salud y a la vida, conforme a la normativa constitucional, internacional y nacional aplicable, en especial la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la ley 24.901. La disconformidad de la demandada con la indicación del medicamento no es suficiente para desvirtuar la verosimilitud del derecho, ni para justificar una restricción en la provisión urgente." "Asimismo, la decisión respeta los límites de la cautelar, enmarcada en la protección de derechos constitucionales y en la necesidad de evitar daños irreparables, sin que la existencia de otros tratamientos o coberturas alternativas pueda invalidar la medida en este caso particular. La evaluación del peligro en la demora es objetiva y adecuada, dada la progresividad de la enfermedad y la evidencia médica aportada." "Por último, la diferencia con la pretensión de la demandada respecto a la competencia y la motivación de la resolución no afecta la validez de la decisión, que cumple con los requisitos constitucionales y procesales."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: