SESMA, MARIA JULIA c/ ALVAREZ, TERESITA CELESTINA Y OTRO Y/O QUIEN RESULTE JURIDICAMENTE RESPONSABLE -ORDINARIO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó el recurso extraordinario interpuesto contra una decisión judicial que confirmó la validez de una acción de nulidad por simulación en un contrato de compraventa inmobiliaria. La decisión se fundamentó en la insuficiencia de los argumentos federales y en el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad del recurso.
- Quién demanda: María Julia Sesma
¿A quién se demanda?
Teresita Celestina Álvarez y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario por denegación de la inconstitucionalidad, cuestionando la validez de la decisión de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista respecto de la acción de nulidad por simulación del contrato de compraventa inmobiliaria.
¿Qué se resolvió?
La Corte provincial denegó el recurso extraordinario, considerando que la recurrente no aportó elementos que justifiquen la habilitación de la vía federal y que los argumentos presentados eran una mera reiteración de planteos ya dilucidados en instancias anteriores, además de incumplir con los requisitos formales y sustanciales del artículo 3° del reglamento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte sostuvo que la quejosa no brindó un relato claro y preciso de las circunstancias relevantes, ni refutó eficazmente los fundamentos que sustentan la decisión atacada, limitándose a reiterar su postura sin demostrar que la resolución judicial fuera arbitraria o vulnerara derechos constitucionales.
Se explicó que la resolución impugnada desestimó la queja por insuficiencia del planteo, en línea con la doctrina de esta Corte que exige un análisis de la relación entre las normas federales invocadas y las cuestiones resueltas en la causa.
La Corte resaltó que la recurrente no logró demostrar la existencia de un vicio propio de la decisión judicial ni configurar un supuesto de arbitrariedad que habilite la vía federal, además de que la fundamentación de la sentencia fue suficiente y fundada.
Se citó que el recurso no cumple con los requisitos de claridad y precisión en la exposición de los hechos y cuestiones federales, y que la mera discrepancia con la decisión judicial no es suficiente para habilitar la vía extraordinaria.
Asimismo, se estableció que las cuestiones relacionadas con la doble instancia y la incongruencia "extra petita" fueron abordadas y desestimadas en la sentencia impugnada con fundamentos adecuados.
- La resolución final fue la denegación del recurso extraordinario, con costas, sin que exista mérito para su concesión.
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