OJEDA, DANIEL HIPOLITO c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Fe declaró la inadmisibilidad y rechazó el recurso promovido por Daniel Hipólito Ojeda contra la Administración provincial, fundamentando que no se acreditó el cumplimiento de los requisitos para la recategorización solicitada.
¿Quién es el actor?
Daniel Hipólito Ojeda
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de diferencias salariales y recategorización en la categoría 16 (nivel 3) por tareas de chofer efectivamente desempeñadas en el Hospital "Dr. Orlando Alassia" desde 2012.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró la improcedencia del recurso, confirmando que el actor no cumple con los requisitos establecidos en el acta paritaria 13/88 para acceder al nivel 3, pues ingresó en 2012 y no acreditó la capacitación exigida. Se concluyó que el derecho no se configura por el ejercicio de funciones, sino por el cumplimiento de los requisitos normativos y administrativos requeridos. Se impusieron las costas al actor y se difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La pretensión del actor es una recategorización que requiere diez años de antigüedad y la aprobación de un curso de capacitación, requisitos que no se acreditaron en su caso.
- La norma paritaria exige que la recategorización sea dispuesta por acto administrativo previo, no automática.
- La antigüedad del actor (ingresó en 2012) y la falta de acreditación del curso impiden el reconocimiento de la categoría solicitada.
- El principio del service fait que invoca el actor no mejora su situación, dado que no se acreditaron las circunstancias que habiliten el derecho.
- La jurisprudencia citada por el actor no es aplicable, pues las situaciones son distintas.
- La pretensión salarial adicional, en consecuencia, también debe ser rechazada.
- La decisión contó con votos concordantes de los jueces Lisa y Aragón, mientras que el juez Deb se abstuvo.
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