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PEREZ, ELISABET GUADALUPE c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

La Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Fe declaró la ilegitimidad de los actos administrativos que denegaron la designación de Elisabet Guadalupe Pérez como Suboficial de Policía, ordenando su ingreso y pago de salarios caídos. La sentencia fundamenta que la causa contravencional con perdón judicial no impide su ingreso.

Recursos de apelacion Derechos humanos Derechos constitucionales Salarios caidos Santa fe Ley 12.521 Ingreso policial Perdon judicial Antecedentes contravencionales Ley 10.703

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Elisabet Guadalupe Pérez, demanda la anulación de actos administrativos que rechazaron su ingreso en la Policía de Santa Fe y revocaron una designación previa, solicitando su incorporación definitiva y pago de salarios caídos. La demandada, Provincia de Santa Fe, argumenta que la recurrente posee antecedentes contravencionales con perdón judicial y que ello constituye un impedimento legal para su ingreso, conforme al artículo 33 de la ley 12.521 y el artículo 9 del Código de Faltas. La Cámara analiza que el perdón judicial no equivale a una condena penal, por lo que la causa contravencional no impide el ingreso; además, se destaca que la normativa busca garantizar la idoneidad y la seguridad en la selección del personal policial, sin que los antecedentes leves y con perdón sean causal de exclusión. La sentencia concluye que los actos administrativos son ilegítimos y vulneran derechos constitucionales e internacionales, ordenando la incorporación definitiva de la actora y el pago de salarios caídos durante dos años, con intereses, además de costas.

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