GARCIA, MARIA RITA c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1 de Santa Fe resolvió proceder con la apelación interpuesta por María Rita García y anular los actos administrativos que extinguen su beneficio de jubilación por invalidez, ordenando su restablecimiento definitivo. La decisión se fundamenta en la nulidad de los procedimientos administrativos y en la protección del derecho de la actora a mantener su beneficio debido a su estado de salud y cumplimiento de requisitos legales, además de considerar que la administración no acreditó la recuperación de la condición que justificó inicialmente la jubilación por invalidez. La sentencia destaca que la demora en la tramitación y la falta de reconocimiento médico actualizado vulneraron derechos constitucionales y legales de la recurrente, en especial su derecho a la seguridad social y al debido proceso. La Cámara señala que la ley 6915 y la jurisprudencia aplicable respaldan la continuidad del beneficio, considerando también la edad avanzada y el agravamiento de la patología cardiovascular de la actora. La resolución también dispone la imposición de costas a la demandada y la regulación de honorarios futuros.
¿Quién es el actor?
María Rita García, por la vía contenciosa administrativa, busca la nulidad del decreto 1556/13 y resoluciones de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe, para que se restablezca su beneficio de jubilación por invalidez de manera definitiva.
¿A quién se demanda?
La Provincia de Santa Fe, como autoridad que dictó los actos administrativos impugnados.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La anulación del decreto 1556/13 y resoluciones 238/02 y 294/04, y el reconocimiento del derecho de la actora a mantener su beneficio previsional por invalidez, con todos los haberes caídos y con intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró procedente el recurso de apelación, anuló los actos administrativos impugnados y ordenó el restablecimiento del beneficio de jubilación por invalidez en forma definitiva. Se impusieron costas a la demandada y se dejó pendiente la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia argumenta que la Administración omitió realizar reconocimiento médico actualizado, vulnerando el debido proceso y derechos constitucionales, además de que la demora en la tramitación y la insuficiente motivación de los actos administrativos afectaron la legalidad y legitimidad de los mismos. Se destaca también que la condición de salud de la actora y su edad avanzada justifican la continuidad del beneficio, en línea con la jurisprudencia local y la normativa previsional, especialmente en casos donde la recuperación no resulta probada. La evaluación pericial médica confirma la incapacidad y el agravamiento de su cuadro clínico, reforzando el derecho de la recurrente a mantener la jubilación por invalidez.
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