P., D. E. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL P., D. E. s/ DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL VICTIMA MENOR DE 16 AÑOS (ESTUPRO) ABUSO SEXUAL-APELACION DEFENSA AUDIENCIA PRELIMINAR- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró procedente un recurso de inconstitucionalidad contra la inadmisibilidad de una apelación en un proceso penal. La decisión se fundamentó en la omisión de notificación personal al imputado, vulnerando garantías constitucionales y derechos de defensa.
¿Quién es el actor?
Defensa del imputado D. E. P.
¿A quién se demanda?
Juez del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe, doctor Prieu Mántaras.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inadmisibilidad de la apelación por extemporaneidad, por considerar que no se notificó personalmente al imputado la resolución que ratificó su prisión preventiva.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad del auto que declaró inadmisible la apelación y anuló lo actuado, ordenando la notificación personal al imputado para que pueda interponer recurso contra la resolución del 8 de abril de 2021.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal señaló que, "el artículo 149 del Código Procesal Penal prevé que '[a]l imputado se le notificarán personalmente las sentencias que impongan penas de cumplimiento efectivo y las resoluciones que resuelvan sobre su prisión preventiva o le denieguen su libertad'". En el caso, la decisión del juez de grado se emitió tras la audiencia preliminar, específicamente el 31 de marzo de 2021, y hacía referencia a la situación de coerción personal del imputado, rechazando su solicitud de libertad. Sin embargo, no fue notificada personalmente al imputado, lo que vulneró su derecho de defensa y a la doble instancia, además de los principios "pro homine" y de máxima taxatividad en la interpretación de la norma. La omisión implicó que P. no pudo manifestar su voluntad de impugnar la resolución y, por ende, la apelación presentada fue extemporánea por una causa que no le fue atribuible. La Corte concluyó que la decisión del tribunal de primera instancia incurrió en un excesivo rigor formal y vulneró derechos constitucionales, por lo que procedió a declarar la inadmisibilidad de la apelación y a ordenar la notificación personal del imputado para la interposición de recursos.
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