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FLORENTIN, CRISTIAN FABIAN c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1 de Santa Fe declaró la procedencia del recurso de apelación interpuesto por Cristian Fabián Florentín contra el decreto 341/14, anulando dicho acto y ordenando la reincorporación del actor a su cargo como Agente Penitenciario, por considerar que la Administración ejerció potestades de autoanulación y que hubo vicios en la motivación y en el procedimiento, en particular en la valoración de antecedentes penales y en la falta de una adecuada audiencia previa.

Recurso de apelacion Derecho de defensa Procedimiento administrativo Reincorporacion Nulidad acto administrativo Antecedentes judiciales Santa fe Autoanulacion Ley 8183 Separacion del cargo


- Quién demanda: Cristian Fabián Florentín

¿A quién se demanda?

Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de ilegitimidad y nulidad del decreto 341/14, con solicitud de reincorporación en su cargo de Agente Penitenciario con grado de Subayudante (SG).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró la procedencia del recurso de apelación, anulando el decreto y ordenando la reincorporación del actor, condenando a la Provincia a pagar las costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que la Administración ejerció potestades de autoanulación al modificar un acto de confirmación que fue resultado de una revisión que excedió la potestad de rectificación, configurando un acto que afectó sustancialmente la esfera jurídica del actor. Además, se verificó que no existió una fundamentación adecuada respecto de los antecedentes penales y que no se garantizó el derecho de defensa en el proceso administrativo, ya que no se le permitió defenderse ni ofrecer prueba antes de la cesantía. La Corte provincial remarcó que los procedimientos constitucionales y legales se cumplieron en materia de dictámenes y que la normativa vigente no exigía participación previa del interesado en todos los casos, pero en este específico caso sí se vulneró el derecho de defensa. La inexistencia de motivo atendible para la separación y la falta de fundamentación adecuada en el acto administrativo invalidaron la decisión, siendo necesario devolver la situación al estado anterior mediante la nulidad del decreto. La sentencia también destacó que la condición de antecedentes judiciales del actor, concluida con auto de sobreseimiento, no constituía causal suficiente para la separación, y que la normativa aplicable, la Ley 8183, exige antecedentes honorables y de buena conducta para la confirmación, requisitos que no fueron debidamente considerados.

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