A., R. Z. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL A., R. Z. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL Y ABUSO SEXUAL SIMPLE- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad promovido por la defensa de R. Z. A., confirmando la constitucionalidad del acuerdo que rechazó el recurso y mantuvo la condena de 13 años de prisión por delitos de abuso sexual.
Actor: Defensa de R. Z. A. Demandado: Tribunal de origen, Jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario. Objeto: Recurso de inconstitucionalidad contra el acuerdo que confirmó la sentencia condenatoria, alegando arbitrariedad en la valoración probatoria y vulneración de garantías constitucionales. Decisión: La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe rechazó la queja por insuficiencia de fundamentos y por no demostrar la existencia de una cuestión constitucional que justifique la intervención extraordinaria. La sentencia atacada fue considerada debidamente motivada, y los agravios de la defensa se calificaron de meramente argumentativos y abstractos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En sustancia, se discute la interpretación que de los hechos, pruebas y derecho común efectuó la Cámara en ejercicio de funciones propias, materia que resulta -por regla
- ajena a esta instancia de excepción, salvo que se avizore la presencia de un supuesto de excepción que justifique la intervención de esta Corte, situación que no acontece en la especie."
"las postulaciones recursivas resultan insuficientes para delinear en el caso una cuestión constitucional que habilite la instancia extraordinaria pretendida."
"los agravios carecen de debida motivación, atento a que al desarrollarlos la presentante efectúa meras consideraciones abstractas, sin vincularlas adecuadamente con las constancias de la causa."
"las críticas defensivas se reducen a una mera discrepancia con una actividad que -por regla
- queda reservada a los jueces de la causa y que sólo en casos de arbitrariedad o falta de motivación puede habilitar la competencia de este Tribunal."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: