CARBAJALES, MARCELO ROBERTO c/ BANCO SANTANDER RIO S.A. -DEMANDA DE DERECHO DE CONSUMO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CADUCIDAD)
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la caducidad de la instancia en un planteo de queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad, considerando que la actividad procesal del actor y las acciones de impulso realizadas interrumpieron el plazo de nueve meses previsto por la ley, manteniendo la tramitación vigente.
Actor: Marcelo Roberto Carbajales Demandado: Banco Santander Río S.A. Objeto: Recurso de inconstitucionalidad y nulidad de actuaciones, con planteo de caducidad de la instancia. Decisión: La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la caducidad de la instancia por entender que las acciones procesales realizadas por el actor, en particular la presentación de una copia legible del recurso y su gestión ante el juzgado de origen, constituyen actos de impulso que interrumpen el plazo de nueve meses establecido en el artículo 232 del Código Procesal Civil y Comercial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El principio rector en materia de perención es que debe interpretarse de manera restrictiva y su aplicación debe adecuarse a ese carácter, sin llevar ritualistamente el criterio más allá del ámbito que le es propio. En las particulares circunstancias del caso, puede apreciarse la estrecha vinculación entre la actividad desplegada en los autos principales y la presente instancia, donde en fecha 25.02.2022 el actor acompañó una nueva impresión del memorial del recurso de inconstitucionalidad, atendiendo a que el original era ilegible. Dicha actividad procesal, iniciada dentro del plazo establecido, evidencia el propósito de mantener viva esta instancia, por lo que se estima eficaz para interrumpir el curso de la perención de la queja interpuesta." Además, se concluyó que "la actividad procesal comenzada dentro del plazo evidencia el propósito de mantener viva esta instancia y, por tanto, se estima eficaz para interrumpir el curso de la perención". No se registran votos en disidencia relevantes en la resolución.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: