N., M. A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL N., M. A. s/ PRIVACION ILEGITIMA DE LA LIBERTAD Y OTROS DELITOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia denegó la concesión del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de M. A. N. contra la sentencia que rechazó el recurso de inconstitucionalidad local. La decisión se fundamentó en que el recurso no cumplió con los requisitos formales y sustanciales para su admisibilidad, ya que no presentó una crítica razonada ni refutó las motivaciones del tribunal inferior, además de carecer de relación concreta con las normas federales invocadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, M. A. N., interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia penal. La Corte analizó si dicho recurso cumplía los requisitos establecidos en el artículo 3 de la ley 7055, que exige una crítica prolija y razonada, y una relación directa con las normas federales invocadas. La Corte sostuvo que el recurso no cumplía con estos requisitos, ya que la parte actora se limitó a reiterar planteos anteriores sin profundizar en los fundamentos constitucionales ni en la relación con el caso concreto. La Corte también consideró que la argumentación de la defensa no lograba descalificar la justificación del tribunal inferior, que había indicado que los agravios no tenían entidad suficiente para abrir la instancia de excepción. Por todo ello, la Corte concluyó que la cuestión planteada no era idónea para conceder el recurso, y en consecuencia, denegó la vía extraordinaria.
Fundamentos principales:
"la interesada se limita a reiterar los planteos realizados en las anteriores instancias, tratando de imponer su propia postura en cuanto a la solución que correspondería dar al caso, mas sin lograr refutar la motivación ensayada por este Tribunal al desestimar la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad local, ni aportar argumentos con eficacia en orden a demostrar que el rechazo de la vía directa hubiese sido efectuado sin brindar razones jurídicas suficientes, de modo arbitrario o lesivo de derechos constitucionales."
"se señaló que la impugnante no había desarrollado satisfactoriamente los fundamentos de fondo relacionados con la cuestión constitucional que había pretendido introducir, limitándose a denunciar en forma abstracta y genérica la violación de garantías constitucionales, mas sin ensayar una explicación acerca de cómo el proceder del A quo, al ponderar la prueba y determinar la pena impuesta, habría vulnerado las mismas."
"la Corte analizó los planteos de afectaciones a garantías constitucionales en las que -según la defensa
- habrían incurrido los Magistrados a la hora de individualizar la sanción impuesta a N., descartándolos. Para así decidir, se expuso que aquéllos resultaban genéricos y carecían de precisiones concretas acerca de la relación existente entre los fundamentos de fondo con la pretendida cuestión constitucional."
"Por lo demás, no se advierte la falta de respuesta alegada, toda vez que esta Corte analizó los planteos de afectaciones a garantías constitucionales en las que -según la defensa
- habrían incurrido los Magistrados a la hora de individualizar la
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