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BAEZ, NAHUEL EZEQUIEL Y GONZALEZ, SERGIO LUCIANO s/PORTACION DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA SIN LA DEBIDA AUTORIZACION LEGAL

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe confirmó la condena por portación de armas de fuego y dispuso el decomiso de las armas secuestradas, rechazando los agravios de la defensa y ordenando el decomiso de las armas y material balístico secuestrado.

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- Quien demanda (Actor): Fiscalía y partes acusadoras. Demandado: Nahuel Ezequiel Baez y Sergio Luciano González. Objeto: La responsabilidad penal por portación de armas de fuego de guerra sin la debida autorización legal y la imposición de pena, además del decomiso de las armas secuestradas. Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus aspectos relevantes, incluyendo la responsabilidad penal y la pena impuesta, y revocó el punto IV del fallo que omitía el decomiso de las armas, ordenando su confiscación conforme al artículo 23 del Código Penal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal valoró la prueba documental, testimonial y balística que acreditó la portación y tenencia ilegal de armas por parte de los imputados. Se destacó que los agentes policiales actuaron conforme a derecho, que la evidencia balística y pericial demostró la aptitud para el disparo de las armas secuestradas, y que los testimonios policiales fueron coincidentes en describir las circunstancias del procedimiento y las características de las armas. La defensa no logró desacreditar la materialidad del hecho ni la responsabilidad de los imputados, y las dudas planteadas por la misma fueron consideradas infundadas y no racionales. Respecto al punto del decomiso, la Cámara consideró que su omisión en la sentencia fue una irregularidad que debía ser corregida, ordenando el decomiso de acuerdo a la normativa aplicable. Además, se valoró la proporcionalidad de las penas, considerando que la peligrosidad de los hechos justificaba las penas impuestas y que no concurrían circunstancias que ameritaran una atenuación mayor.

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