R., L. S. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL R., L. S. s/ APELACION DEFENSA FISCAL Y QUERELLANTE s/ MONTO DE LA PENA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia deniega el recurso extraordinario por insuficiente fundamentación y falta de elementos que justifiquen su admisión, confirmando la decisión del Tribunal de origen que rechazó los agravios en una causa por recursos de inconstitucionalidad.
- Quién demanda: La defensa técnica de R. S. (imputado)
¿A quién se demanda?
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario contra la sentencia que rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad en un proceso penal.
¿Qué se resolvió?
La Corte denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando que los agravios no cumplían con los requisitos legales y que las posturas eran meramente disenso con las interpretaciones jurídicas de la instancia anterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte señaló que la impugnante no realizó una crítica razonada ni específica a la resolución atacada, incumpliendo los requisitos del artículo 3, incisos "d" y "e" del reglamento de la acordada 4/2007. La recurrente reiteró cuestiones ya resueltas por la Cámara, sin demostrar la existencia de un vicio que afecte derechos constitucionales ni una arbitrariedad manifiesta. Se resaltó que los argumentos sobre la gravedad institucional y la violación de garantías constitucionales fueron considerados insuficientes, ya que no acreditaron la incidencia en el interés público ni la afectación a derechos constitucionales específicos. La argumentación se limitó a expresar disenso con las valoraciones de los jueces, lo cual no habilita la intervención del tribunal superior bajo el recurso extraordinario. La decisión también abordó la cuestión de las costas, que fueron impuestas conforme a la regla general del artículo 448 del Código Procesal Penal, y que no constituyen un motivo habilitante para la concesión del recurso. En conclusión, la Corte reafirmó que no existía un motivo suficiente para excepcionar la aplicación de las reglas de la acordada 4/2007 y que las alegaciones de gravedad institucional no modificaban la inadmisibilidad del recurso.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: