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GAMBINI, GERARDO GABRIEL; IEDRO, NOELIA JIMENA; GAMBINI, MATEO TOMAS c/ MELLANO, ISMAEL EMILIO; ERSA URBANO S.A. s/ POBREZA Y DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe casó parcialmente la sentencia y elevó los montos de indemnización por lucro cesante futuro, considerando la vulneración del principio de reparación integral y ajustándose a las circunstancias del caso.

Incapacidad sobreviniente Danos y perjuicios Reparacion integral Responsabilidad civil Lucro cesante Valoracion de danos Inflacion Intereses. Principios de congruencia Recurso de apelacion extraordinario


- Quién demanda: Actor, en el marco de un proceso por daños y perjuicios derivados de un accidente.

¿A quién se demanda?

Demandados Ismael Emilio Mellano y Ersa Urbano S.A., además de la aseguradora Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños, específicamente por incapacidad sobreviniente y lucro cesante futuro, solicitando inicialmente $60.000 y $150.000, posteriormente modificados en audiencia de vista de causa a $90.000 y $350.000, respectivamente.

¿Qué se resolvió?

La Cámara casó parcialmente la sentencia, elevando las sumas indemnizatorias por lucro cesante futuro a $119.434 para la actora Iedro y $461.629,41 para el menor Gambini, considerando la depreciación monetaria, la inflación y la valoración del daño al momento de la sentencia. La resolución también dispuso intereses desde la fecha de la sentencia y costas a cargo de la parte demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal analizó la aplicación del principio de reparación integral, señalando que la cuantificación de daños debe hacerse en valor real al momento de la sentencia, no en los valores estimados en la demanda o en la audiencia de vista de causa, debido al tiempo transcurrido y la inflación. Citó precedentes como "Herrera" y "Pane" para sostener que la estimación en la demanda o en la vista de causa no debe limitar la indemnización, que debe ajustarse a las circunstancias económicas actuales. Además, se consideró que la sentencia original vulneraba el principio de congruencia y el derecho de propiedad, al no actualizar las sumas indemnizatorias en función de la inflación y los cambios económicos. La modificación de los montos busca garantizar una reparación efectiva y proporcional al daño real.

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