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VILLALBA, FRANCO EZEQUIEL s/ AMENAZAS COACTIVAS AGRAVADAS

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia contra Franco Ezequiel Villalba, reduciendo la pena de 7 a 6 años de prisión efectiva, tras valorar la materialidad, la responsabilidad y la proporcionalidad de la sanción en el contexto del hecho.

Recurso de apelacion Valoracion de la prueba Proporcionalidad de la sancion Responsabilidad penal Amenazas coactivas agravadas Materialidad del hecho Responsabilidad del imputado Pena reducida Analisis constitucional. Papel de la camara de apelaciones


¿Quién es el actor?

La Fiscalía de Rosario, en defensa del orden público y la legalidad.

¿A quién se demanda?

Franco Ezequiel Villalba.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la sentencia de condena por considerarla injusta, con cuestionamientos a la valoración de la materialidad, la responsabilidad, la finalidad del delito y la pena impuesta.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la condena y reduce la pena de 7 a 6 años de prisión efectiva, manteniendo la condena por amenazas coactivas agravadas, con fundamentos en la materialidad probada, la responsabilidad del imputado y la proporcionalidad de la sanción. La decisión se basa en la valoración integral de la prueba, la responsabilidad del imputado y la comparación con penas similares en casos análogos. La sala desestimó los agravios relacionados con la inconstitucionalidad de la pena y la alegada vulneración del principio de inocencia, reforzando la suficiencia de las pruebas y la correcta aplicación del derecho penal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia de grado valoró adecuadamente la materialidad del hecho, que consistió en la destrucción de la puerta de ingreso y la exhibición de arma de fuego, y la finalidad del delito, que fue obligar a la víctima a abandonar su domicilio. La defensa no logró desvirtuar la responsabilidad del imputado ni acreditar la existencia de coacción o instrumentalidad mediata. La proporcionalidad de la pena fue ajustada, considerando la gravedad del hecho, la responsabilidad del autor y las circunstancias del caso, sin que exista arbitrariedad ni exceso jurisdiccional. La comparación con la condena de Vallejos, instigador del hecho, en similares hechos, justificó la reducción de la pena a 6 años para Villalba, en equidad y conforme a los principios de razonabilidad y proporcionalidad.

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