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MEINERS, ALEJANDRO MARTIN c/ COLOME S.A. -SENTENCIA COBRO DE PESOS RUBROS LABORALES- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)

La Corte Suprema de Santa Fe declaró la inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad presentado por Colomé S.A., anuló la sentencia impugnada y ordenó remitir los autos para que se juzgue nuevamente la causa, considerando que la resolución atacada fue arbitraria y violaba derechos constitucionales.

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Actor: Alejandro Martín Meiners Demandado: Colomé S.A. Objeto: Pago de indemnización por despido incausado, diferencias salariales, sueldo anual complementario, vacaciones, indemnización por daño moral y agravante por despido discriminatorio. Decisión: La Corte admitió el recurso de inconstitucionalidad, anuló la sentencia del tribunal inferior y ordenó que el expediente sea rejuzgado por otro tribunal. La decisión se fundamentó en la arbitrariedad y en la interpretación errónea del derecho constitucional de huelga, que no puede entenderse como absoluto ni sin límites legales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho de huelga, si bien reconocido constitucionalmente, no es absoluto y su ejercicio requiere condiciones que garanticen el equilibrio con otros derechos constitucionales. La sentencia impugnada omitió analizar si la huelga declarada por un sindicato no representativo y en un conflicto intersindical, en violación del procedimiento legal establecido en la Ley de Asociaciones Sindicales, constituía un acto legítimo o ilícito. La interpretación de la Cámara fue arbitraria y violó las garantías constitucionales, especialmente en lo que respecta a la protección del derecho a la jurisdicción y a los límites del ejercicio del derecho de huelga." Asimismo, se destacó que la resolución impugnada no cumplió con los requisitos legales y constitucionales para calificar la legalidad de la huelga, y que la valoración de las constancias probatorias fue realizada con excesivo rigor formal, lo que tornó la sentencia en arbitraria. Además, los votos coincidentes manifestaron que la resolución de la Cámara fue fundada en una interpretación equivocada del derecho constitucional y que la misma vulneró garantías constitucionales, justificando la declaración de nulidad y la remisión de los autos para un nuevo pronunciamiento.

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