LUCERO, LUCRECIA c/ TRANSFLUVIAL S.A. Y OTROS s/ SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Santa Fe rechaza el recurso de apelación parcial presentado por los co-demandados y confirma la sentencia de primera instancia que condenó solidariamente a Transfluvial S.A. y Rubén Temperini por responsabilidad por relación laboral no registrada y pago de indemnizaciones.
- Quién demanda: Lucrecia Lucero
¿A quién se demanda?
Transfluvial S.A., Rubén Temperini y Carlos Marcelo Fertonani
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de rubros laborales, indemnización por despido y responsabilidad solidaria
¿Qué se resolvió?
La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a los co-demandados a pagar la suma de los rubros admitidos, ordenando la emisión de certificados de trabajo y certificaciones de servicios y remuneraciones, y rechazando la demanda contra Carlos Marcelo Fertonani.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La responsabilidad solidaria de Rubén Temperini, en su carácter de presidente del directorio, por el incumplimiento de la registración laboral, fue fundamentada en la obligación de actuar con diligencia y buena fe en la gestión societaria, en línea con la jurisprudencia que señala que quienes ostentan la administración deben conducirse con el mismo cuidado que cuando realizan negocios propios, y que la falta de registración viola el orden público laboral y frustra derechos del trabajador y del Estado.
La responsabilidad del empleador por la omisión en registrar la relación laboral y pagar las indemnizaciones, así como la aplicación del incremento del 50% en la indemnización por la Ley 25.323, dado que se acreditó el incumplimiento de la intimación fehaciente y la iniciación de acciones judiciales por parte de la actora.
La condena en costas fue ajustada a los principios de proporcionalidad y éxito procesal, rechazando los agravios del recurrente en cuanto a la distribución de costas y la cuantía de las mismas.
- Se confirma la decisión de primera instancia en todos sus términos, rechazando el recurso de apelación presentado.
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