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SUAREZ, PABLO JAVIER c/ PREVENCION ART S.A. s/ OTRAS DILIGENCIAS

La Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra el rechazo de su planteo respecto a la aplicación temporal de la Ley N° 14.003, que adhiere a la Ley N° 27.348, en un proceso por accidente laboral ocurrido en diciembre de 2019. El tribunal afirmó que la norma reglamentaria tiene efecto retroactivo para hechos anteriores, en consonancia con la jurisprudencia.

Revision judicial Accidente laboral Proceso laboral Constitucionalidad Efecto retroactivo Sistema de riesgos del trabajo Adhesion provincial Recursos de apelacion. Ley n? 24.557 Ley n? 27.348 Ley n? 14.003


- Quién demanda: Pablo Javier Suarez

¿A quién se demanda?

Prevención A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La aplicación del trámite sumarísimo por un accidente laboral ocurrido el 31 de diciembre de 2019, y la inaplicabilidad de la Ley N° 14.003 por ser anterior a su vigencia, solicitando la declaración de inconstitucionalidad de la normativa y la aplicación de la ley vigente al momento del accidente.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó el rechazo de la demanda en cuanto a la cuestión de la aplicación temporal de la ley, argumentando que la norma reglamentaria tiene efecto retroactivo en virtud de la naturaleza de la ley y la jurisprudencia constitucional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sala recordó que las normas procesales son de aplicación inmediata, salvo que impliquen una invalidez o impedimento para el trámite en curso. Citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y doctrina que sostiene que las leyes de naturaleza procesal pueden tener efecto retroactivo si no vulneran derechos constitucionales. En particular, se destacó que la Ley N° 14.003, que reglamenta la adhesión de Santa Fe a la Ley N° 27.348, regula aspectos procesales y de procedimiento, por lo que su vigencia se extiende a hechos anteriores, en tanto no contravenga principios constitucionales. Además, se mencionó que el cambio normativo busca garantizar la celeridad y eficacia del sistema, sin afectar derechos adquiridos ni vulnerar el principio de igualdad, ya que la ley prevé mecanismos de revisión y doble instancia que aseguran el acceso efectivo a la justicia. La jurisprudencia citada sostiene que la ley procesal puede aplicarse con efecto retroactivo en favor del interés del trabajador y en protección del acceso a la justicia.

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