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RODRIGUEZ, SERGIO NICOLAS -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL VIVAS, MARCELO DANIEL Y OTROS s/ ROBO CALIFICADO-PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO-PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO CALIFICADA-PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE GUERRA-EJECUCION DE PENA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe declaró la extinción de la acción por desaparición de la materia en recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que confirmó la incorporación de un interno en salidas transitorias. La decisión se basó en que el interno fue incorporado al régimen, disipando los agravios y tornando inoficioso el recurso.

Inconstitucionalidad Proceso penal Sentencia definitiva Extincion de la accion Recurso de inconstitucionalidad Libertad condicional Salidas transitorias Progresividad de la pena Corte suprema de santa fe Inciso 5 del articulo 56 bis ley 24660

Actor: Fiscal del Ministerio Público Fiscal de Santa Fe. Demandado: Magistrada del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, doctora Sansó. Objeto: Recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que confirmó la otorgación de salidas transitorias a Sergio Nicolás Rodríguez, por supuesta arbitrariedad y violación de principios constitucionales. Decisión: La Corte Suprema declaró la extinción de la acción por falta de interés actual, al haberse incorporado el interno al régimen de salidas transitorias, disipando los agravios y haciendo inoficioso el tratamiento del recurso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Del sistema informático de la Oficina de Gestión Judicial surge que, por solicitud de la defensa, el día 4 de octubre del 2022 la doctora Prunotto incorporó al interno al mecanismo previsto en el artículo 56 quáter de la ley 24660 -según la ley 27375-. En consecuencia, al haberse incorporado al justiciable al régimen preparatorio para la libertad -alternativa en el marco de progresividad de la ejecución de la pena que incluso fue planteada por la fiscalía en su apelación-, los agravios propuestos, en las concretas circunstancias del caso, se han disipado, perdiendo la cuestión aquí debatida interés jurídico actual y tornándose inoficioso el dictado de una sentencia de mérito." La decisión se fundamenta en que la incorporación del interno al régimen de salidas transitorias elimina la controversia, haciendo que la resolución del recurso de inconstitucionalidad carezca de objeto.

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