MANCINELLI, ROSANNA ADRIANA c/ ESCOBAR, PABLO ESTEBAN Y OTROS -ACCION REIVINDICATORIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que confirmó la inexistencia de prueba suficiente para acreditar la posesión del inmueble en una acción reivindicatoria. El tribunal consideró que la parte recurrente no logró demostrar que la valoración de la prueba por la Cámara fuera arbitraria ni que vulnerara derechos constitucionales. La resolución se basa en la valoración razonable de la prueba y en la fundamentación de la Cámara, que consideró suficiente la prueba acompañada por la actora y la inexistencia de acreditación del carácter de la posesión alegada por la demandada. La quejosa sólo expresó discrepancia sin demostrar arbitrariedad o vulneración constitucional, por lo que la queja fue rechazada.
- Quién demanda: Rosanna Adriana Mancinelli (actora)
¿A quién se demanda?
Pablo Esteban Escobar y otros (demandados)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La reivindicación de un inmueble, acreditando la posesión pública, pacífica, continua e ininterrumpida del bien.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelación de Circuito de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por insuficiencia probatoria y acreditación insuficiente de la posesión en los términos requeridos por la ley. La Corte provincial rechazó la queja por considerarla inadmisible, ya que la parte recurrente no logró demostrar arbitrariedad en la valoración de la prueba ni vulneración constitucional alguna. El tribunal sostuvo que la valoración probatoria por la Cámara fue razonable y fundamentada, y que la queja fue una mera discrepancia sin entidad constitucional. La resolución se apoyó en que la recurrente no acreditó que la valoración de la prueba por los jueces de instancia excediera los límites de la razonabilidad y lógica jurídica, ni que vulnerara derechos constitucionales. La Corte concluyó que la queja no cumple con los requisitos de admisibilidad y que no se evidencian violaciones constitucionales en la decisión confirmada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte resaltó que la quejosa no cumplió con la carga de rebatir específicamente los motivos de la denegatoria del recurso, limitándose a expresar disconformidad sin demostrar arbitrariedad ni vulneración constitucional. Además, consideró que la valoración de la prueba por la Cámara fue razonable y fundada, y que la mera discrepancia en la valoración probatoria no constituye causa suficiente para habilitar la vía extraordinaria. La Corte destacó que la recurrente no logró demostrar que la valoración de la prueba haya sido arbitraria ni que la sentencia vulnerara derechos constitucionales, por lo que rechazó la queja en todos sus términos. La resolución fue firmada por los Ministros Gutiérrez, Erbetta, Falistocco, Gastaldi y la Secretaria Portilla.
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