O., J. P. c/ IAPOS s/ ACCION JURISDICCIONAL DE AMPARO
La Cámara de Apelaciones revoca la decisión de distribuir las costas en el orden causado y las impone íntegramente a la parte demandada vencida, considerando que la parte actora no tuvo razón plausible para litigar y que la conducta de la demandada fue resistida y de vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, en representación, promovió acción de amparo contra IAPOS para que entregue medicación psiquiátrica (Invega Sustenna) en tiempo y forma, alegando que la obra social negó la cobertura pese a la prescripción médica. La demandada resistió, negando la ilegítima negativa y alegando que la medicación podía ser reemplazada por antipsicóticos orales. El juez de primera instancia admitió la medida cautelar y posteriormente acogió la acción, ordenando a la obra social suministrar el medicamento. La parte actora apeló, cuestionando la imposición de costas a la demandada, argumentando que no existió razón plausible para litigar. La Cámara analizó la normativa y las constancias del expediente, concluyendo que la parte demandada fue vencida y resistió injustificadamente, por lo que corresponde imponerle las costas, siguiendo el principio del art. 251 del CPC y art. 17 de la Ley 10.456. La Cámara revoca la decisión de distribuir las costas en el orden causado y dispone que las mismas sean soportadas por la parte vencida en su totalidad.
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