BIANCO, VANESA MABEL c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Santa Fe rechazó la medida cautelar solicitada por Vanesa Mabel Bianco para obtener reconocimiento y pago de funciones de Jefa de Estadística en el S.A.M.Co. de Santo Tomé, confirmando la inadmisibilidad del recurso cautelar por falta de modificación en las circunstancias.
¿Quién es el actor?
Vanesa Mabel Bianco
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe
- Objeto de la demanda: Solicitud de medida cautelar autónoma para obtener reconocimiento y pago del suplemento por subrogancia o diferencias salariales por funciones de Jefa de Estadística en el S.A.M.Co. de Santo Tomé.
- Decisión del tribunal: La Cámara de Apelaciones desestimó la medida cautelar solicitada, considerando que no se modificaron las circunstancias de hecho o derecho desde la resolución previa. Además, señaló que la vía administrativa es la adecuada para resolver la conflicto y que la petición carecía de la urgencia suficiente para justificar una cautelar en forma autónoma.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la admisibilidad de este tipo de pedidos exige la concurrencia de alguna circunstancia de la que pueda extraerse la posibilidad de que se produzca un perjuicio especial, ya en el peticionario, ya en otros intereses en juego; o -en todo caso
- la concurrencia de una ilegitimidad tan manifiesta que por sí sola pudiese justificar la anticipada intervención del Tribunal".
"el carácter provisional de las medidas cautelares alcanza también a su rechazo, pues supone que se haya modificado la situación de hecho o de derecho, lo cual no se advierte en el caso".
"la actora no menciona -y menos aun demuestra
- que las circunstancias de hecho y de derecho se hayan en verdad modificado; por el contrario, se limita a mejorar desde el plano probatorio la pretensión cautelar anteriormente ejercida".
"la vía adecuada para resolver la situación es el procedimiento administrativo, en el que la actora habría interpuesto recurso jerárquico ante el Gobernador y pedidos de pronto despacho, sin respuesta hasta la fecha".
"Se otorga un plazo de veinte días hábiles para que la autoridad administrativa resuelva acerca de la asignación de funciones y el suplemento salarial, bajo apercibimiento de tenerlo por otorgado".
"las costas se imponen en un 70% a la actora y en un 30% a la demandada".
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