GALLINO, GISEL ELIZABET c/ COMUNA DE FRANCK -R.C.A. (82/20)- s/ MEDIDA CAUTELAR
La Cámara de Santa Fe rechazó el recurso de amparo contra ordenanza que modificó el orden de mérito en concurso para juez comunal. Con base en la valoración de los actos administrativos y la falta de agotamiento de instancias, confirmó la legalidad del procedimiento en curso.
Quién demanda: Gisel Elizabet Gallino, en su carácter de participante en el concurso para Juez Comunal de Faltas.
¿A quién se demanda?
La Comuna de Franck.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La suspensión de los efectos de la ordenanza 1971/21 que aprobó un nuevo orden de mérito y la orden de abstenerse de designar a la candidata Lovisa o cualquier otro participante en razón del orden de mérito aprobado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Santa Fe rechazó el pedido cautelar y confirmó que, pese a que el concurso aún no finaliza, los actos administrativos cuestionados son legales y no existe un peligro en la demora suficiente para otorgar la medida solicitada. Fundamentos principales de la decisión: "La falta de finalización del concurso no es obstáculo para que el Tribunal ejerza su jurisdicción cautelar", y "los agravios formulados al respecto rozan aspectos de difícil acceso para el Tribunal". Además, se sostuvo que la impugnación de la actora respecto del procedimiento administrativo requiere un análisis exhaustivo que excede la función cautelar, y que no se ha demostrado la existencia de un peligro en la demora. La jurisprudencia citada indica que la valoración de los aspectos de fondo y la revisión de los actos administrativos corresponden a la instancia de fondo, no a la cautelar, por lo que la medida solicitada fue rechazada con costas.
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