BOURDET, JUAN MANUEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL BOURDET, JUAN MANUEL s/ AMENAZAS Y LESIONES-RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte provincial denegó la concesión del recurso extraordinario interpuesto contra la resolución que declaró la pérdida de interés jurídico en un proceso penal, considerando que la pretensión había sido agotada y que no se acreditaron vicios constitucionales en la decisión. La decisión se fundamentó en la falta de argumentos idóneos del recurrente y en la jurisprudencia que señala que los fallos deben atender a circunstancias existentes al momento de dictarse.
- Quien demanda (Actor): La defensa del condenado Juan Manuel Bourdet, a través del recurso de queja.
Demandado: La Corte superior de Santa Fe.
Objeto: La concesión del recurso extraordinario contra la resolución que declaró la pérdida de interés jurídico en el proceso penal, por considerar que la pena había vencido y que el asunto había perdido actualidad.
Decisión: Se denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando la decisión de primera instancia y fundamentando que el recurso no cumplía con los requisitos del reglamento y que las críticas del recurrente no demostraban la existencia de vicios constitucionales o errores jurídicos graves.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Este Tribunal verificó que la cuestión traída a conocimiento -esto es, la confirmación por la Jueza a quo del pronunciamiento de grado que no hiciera lugar al pedido de morigeración de la pena privativa de libertad
- había perdido interés jurídico actual al haberse constatado a través del sistema informático de la Oficina de Gestión Judicial que la pena había vencido el día 8 de julio de 2022; tornándose de ese modo inoficioso el dictado de una sentencia de mérito.
(...) se constató que la pretensión perseguida era la reducción de la pena por compensación, y que ella se encontraba agotada por su cumplimiento, la cuestión debatida había perdido interés jurídico actual, demostrándose, en consecuencia, la inoficiosidad del dictado de una sentencia de mérito.
Asimismo, la Corte consideró que las alegaciones sobre precedentes y derechos constitucionales no estaban suficientemente fundadas ni lograban demostrar que la decisión contenía arbitrariedad o afectación de garantías constitucionales."
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