A., G. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL A., G. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR SER COMETIDO CONTRA MENOR DE DIECIOCHO AÑOS APROVECHANDO LA SITUACION DE CONVIVENCIA PREEXISTENTE- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe confirmó la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad contra la decisión de realizar una declaración en Cámara Gesell sin presencia física del imputado. La decisión se fundamentó en que la cuestión había perdido interés jurídico y que la medida cumplió con los requisitos legales.
- Quién demanda: La defensa del imputado G. A.
¿A quién se demanda?
La decisión del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, doctor Salvador.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La inconstitucionalidad del modo en que se realizó la declaración en Cámara Gesell, alegando que se vulneraron derechos constitucionales y principios de humanidad y progresividad, y que la medida se tomó sin la presencia física del imputado y sin respetar la Guía de Buenas Prácticas.
¿Qué se resolvió?
La Corte rechaza el recurso de inconstitucionalidad y dispone que la cuestión ha perdido interés jurídico, por haberse efectivizado la declaración menor de edad y, por ende, la controversia ha quedado diluida, considerando además que no existen agravios actuales que justifiquen la revisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La cuestión aquí debatida ha perdido interés jurídico actual, tornándose inoficioso el dictado de una sentencia de mérito." "De la lectura del memorial introductor de la vía recursiva se advierte que la defensa del imputado cuestiona que se ordenara la declaración de la víctima menor de edad en 'Cámara Gesell' como anticipo jurisdiccional de prueba sin la presencia física del imputado." "El derecho a la jurisdicción no importa sino la posibilidad de ocurrir ante algún órgano jurisdiccional y obtener de él una sentencia útil relativa a los derechos de los litigantes." "Se ha verificado que el día 30 de junio de 2022 se efectivizó la declaración de la menor, por lo que la cuestión ha perdido interés jurídico actual." "Por las razones expuestas, la Corte resuelve disponer la pérdida de interés jurídico y el cierre del proceso en esta instancia." Los votos en disidencia no se expresaron, pero en la ampliación de fundamentos se reiteró que, si bien la medida cumplió con ciertos requisitos, debió respetar procedimientos establecidos en la Guía de buenas prácticas, lo cual no ocurrió, pero la cuestión quedó resuelta en función de la pérdida de interés jurídico.
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