CORDERO, CRISTIAN EMILIANO Y OTROS c/ CICHETTI, ALCIRA Y OTROS s/ USUCAPION
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe revocó parcialmente la regulación de honorarios en un proceso de usucapión, confirmando la decisión del juez de primera instancia en cuanto a la improcedencia del sorteo de perito tasador y ajustando el criterio de valoración del inmueble.
- Quién demanda: La parte actora (cordero, Cristian Emiliano y otros)
¿A quién se demanda?
La beneficiaria de los honorarios (Alcira Beatriz Cichetti y otros)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La regulación de honorarios de la defensora de ausentes, solicitando que sean menores y ajustados al valor real del inmueble
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación, revocando la orden de sorteo de perito tasador y confirmando la regulación de honorarios basada en el valor fiscal del inmueble
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que el juicio de usucapión tiene contenido económico dado que la pretensión versa sobre la adquisición del dominio de un bien inmueble, que es susceptible de valor económico. Citó que "el interés comprometido a través de la acción instaurada es un bien material susceptible de valor económico", y que "el primer agravio debe ser rechazado". Respecto al sorteo del perito tasador, la Cámara consideró que, por disposición legal, si la parte no propuso una tasación, no corresponde proceder con el sorteo, revocando en consecuencia esa orden. Además, resaltó que la regulación de honorarios debe ajustarse al valor fiscal del inmueble, y que no corresponde aplicar un criterio distinto sin la propuesta de tasación por parte de la parte actora.
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