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T., L. I. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL T., L. I. s/ AMENAZAS SIMPLES, VIOLACION DE DOMICILIO, AMENAZAS CALIFICADAS POR USO DE ARMA, DESOBEDIENCIA A UNA ORDEN JUDICIAL, LESIONES LEVES DOLOSAS AGRAVADAS POR LA RELACION PREEXISTENTE Y MEDIAR EN UN CONTEXTO DE VIOLENCIA DE GENERO, DAÑOS-APELACION DE SENTENCIA CONDENA DE PRISION EFECTIVA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte de Santa Fe admitió parcialmente la queja contra la decisión que confirmó la condena y declaración de reincidencia en un proceso penal, considerando que algunos agravios podrían configurar arbitrariedad y vulneración constitucional. La resolución reconoce la posible afectación de principios constitucionales en la declaración de reincidencia sin pedido del fiscal.

Arbitrariedad Garantias constitucionales Valoracion probatoria Pena Recurso de inconstitucionalidad Declaracion de reincidencia Responsabilidad penal Derechos del imputado Doble conforme Sistema judicial santa fe.


- Quién demanda: La defensa de L. I. T.

¿A quién se demanda?

La decisión del Tribunal del Colegio de Jueces de Segunda Instancia en lo Penal de Rosario, que confirmó la sentencia condenatoria y la declaración de reincidencia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inconstitucionalidad del acuerdo 406/2022, por arbitrariedad en la valoración de la prueba, limitación en la revisión de la pena, y por vulneración de garantías constitucionales en la declaración de reincidencia sin pedido del fiscal.

¿Qué se resolvió?

La Corte admitió parcialmente la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, ordenando la elevación de los autos principales para mayor análisis.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Respecto a los cuestionamientos relacionados con la valoración de la prueba, se advierte un intento de renovar el debate sobre la interpretación de hechos y pruebas sin evidenciar defectos que justifiquen la apertura de esta instancia. La valoración del testimonio de la víctima y la corroboración por otros testigos, así como la respuesta a los agravios sobre la motivación de la pena, refutan las acusaciones de arbitrariedad. En relación a la declaración de reincidencia, los agravios presentan "prima facie" suficiente sustento en las constancias del expediente, configurando hipótesis de arbitrariedad y posible vulneración de principios constitucionales, por lo que la Corte admite parcialmente la queja y concede el recurso." Voto del señor presidente Erbetta: Coincide en que los agravios por arbitrariedad probatoria y monto de la pena no prosperan, pero considera que la declaración de reincidencia sin pedido del fiscal presenta un "prima facie" suficiente para ser revisada, por lo que admite parcialmente la queja, en línea con la resolución general.

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