V., C. Y. c/ CASINO DE ROSARIO S.A. -SENTENCIA COBRO DE PESOS RUBROS LABORALES- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la resolución que rechazó la queja por denegación del recurso, confirmando así la validez del fallo y la decisión de la Corte provincial. La decisión se fundamentó en que la argumentación del recurrente se limitaba a una mera discrepancia con la valoración probatoria de los jueces de la causa, sin demostrar arbitrariedad ni vulneración constitucional.
- Quién demanda: V., C. Y.
¿A quién se demanda?
Casino de Rosario SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de inconstitucionalidad por la decisión de la Corte provincial que rechazó su queja contra la denegación del recurso de apelación en un proceso de cobro de rubros laborales, alegando arbitrariedad y violación del derecho a la jurisdicción.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad, confirmando la resolución de la Corte provincial que consideró que la impugnante no había demostrado la existencia de una lesión constitucional suficiente para habilitar la instancia extraordinaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte puntualizó que la cuestión constitucional no se había introducido correctamente, y que los agravios del recurrente no superaban el disenso con la valoración de las pruebas realizada por los jueces de la causa, siendo estos los órganos que corresponden valorar los hechos y las pruebas. Se indicó que la argumentación del recurrente remite a una mera discrepancia en la valoración probatoria, lo cual no constituye una arbitrariedad que habilite la revisión constitucional. La jurisprudencia nacional y provincial es clara en que la existencia de un motivo discriminatorio requiere que el trabajador aporte indicios razonables, y que la valoración de la prueba y los hechos es privativa del tribunal de instancia. La argumentación del recurrente se centró en aspectos fácticos y probatorios, ámbitos reservados a los jueces ordinarios, por lo que la Corte no puede revisar dichas cuestiones en un recurso de inconstitucionalidad. Además, la variación en la postura del actor respecto del conocimiento de la enfermedad durante el proceso evidencia una improcedencia en modificar las pretensiones en esta instancia. Finalmente, la Corte resaltó que los agravios planteados no demostraron la existencia de una arbitrariedad ni vulneración constitucional suficiente para habilitar la vía del recurso extraordinario.
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