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BONALDI, CARLOS ALBERTO c/ PROVINCIA DE SANTA FE Y OTROS s/ PROCEDIMIENTOS ABREVIADOS-PRONTO PAGO

La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Rosario revocó la resolución que rechazaba el pronto pago de una indemnización por accidente laboral. La sala ordenó el pago del monto de $985.803,06, sustentando que estaban cumplidos los presupuestos del art. 135 del CPL y que la determinación del crédito era firme y adecuada.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Carlos Alberto Bonaldi, demandó contra la Provincia de Santa Fe y otros, solicitando el pago de indemnización por accidente de trabajo. La jueza de primera instancia rechazó el pedido de pronto pago, considerando que no estaban satisfechos los requisitos del art. 135 del CPL. La parte actora interpuso recursos de apelación y nulidad, los cuales fueron concedidos parcialmente. La Cámara de Rosario analizó la nulidad, la cual fue declarada desierta por no mantenerla en esta instancia, y centró su análisis en la apelación. La sala concluyó que los presupuestos del pronto pago estaban satisfechos, en tanto la incapacidad determinada por la Junta Médica se encontraba "Firme" y no existía controversia eficaz. La liquidación de la acreencia, basada en la fórmula del art. 14 inc. 2 a) de la Ley de Riesgos del Trabajo, arrojaba un monto de $135.860,40, superior al mínimo vigente, y se consideró razonable aplicar la tasa de interés prevista. La sala revocó la resolución anterior, ordenando el pronto pago de esa suma, con costas a la demandada. El tribunal fundamentó su decisión en que la incapacidad definitiva se encuentra firme, que la liquidación del crédito está respaldada por los informes médicos y que los requisitos del art. 135 del CPL están cumplidos. Además, justificó la tasa de interés aplicada y ratificó la procedencia del pronto pago para garantizar la reparación integral. Votos en disidencia: La Dra. Oorta Nadal, por abstención, advirtió la existencia de votos coincidentes y se abstuvo de emitir opinión.

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