C., R. S. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL C., R. S. s/ ABUSO SEXUAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó por extemporánea la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad en un caso de abuso sexual. La resolución sostiene que el recurso fue presentado fuera de plazo legal, confirmando la inadmisibilidad por incumplimiento del plazo establecido.
- Quien demanda (Actor): La defensa técnica de C.
Demandado: La Jueza penal del Colegio de Jueces de Cámara de Apelación de Rosario, doctora Sansó.
Objeto: La admisión del recurso de inconstitucionalidad por denegación en la causa "C., R. S. s/ abuso sexual".
Decisión: La Corte rechazó la queja por ser presentada extemporáneamente, debido a que el plazo legal para su interposición fue superado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso de queja es un remedio autónomo que debe cumplimentar para su admisión recaudos formales propios, entre los que se encuentra el de su presentación temporánea. De las constancias de la causa, surge que el defensor técnico y el imputado se notificaron del auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad, los días 9 y 11 de noviembre de 2022, respectivamente (cfr. fs. 53 y 57) y que la queja fue presentada el 24 de noviembre de 2022 (v. cargo 5615, obrante a f. 11v.)." "Siendo ello así, es evidente que el remedio intentado ha sido articulado extemporáneamente, puesto que entre las fechas de notificación del auto denegatorio y la de presentación del recurso directo, transcurrió un plazo superior al previsto legalmente (arts. 8 ley 7055; 356 y 70 C.P.C.C.), no advirtiéndose ningún impedimento por parte de la presentante para incoar el remedio extraordinario intentado antes de expirar el tiempo hábil para hacerlo." "En ese orden, cabe recordar el criterio uniformemente sostenido por este Cuerpo respecto a que 'en el caso de quejas por denegación de recursos de inconstitucionalidad deducidos contra resoluciones emanadas de tribunales con asiento en la ciudad de Rosario, el plazo para su interposición es de tres días.'"
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