Y., P. G. s/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO POR ACCESO CARNAL Y CONVIVENCIA
La Cámara de Apelaciones confirmó la condena de 10 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal y agravado por convivencia, modificando la calificación legal por un error material en la sentencia de primera instancia. La valoración de pruebas y credibilidad de la víctima fue considerada adecuada y suficiente.
Actor: La defensa del imputado Y. Demandado: La sentencia de primera instancia y la decisión del Tribunal de Alzada. Objeto: La revisión de la validez de la condena, la valoración de la prueba, la calificación legal y la pena impuesta. Decisión: Confirmar la condena a diez años de prisión por abuso sexual con acceso carnal y agravado por convivencia, rectificando un error material en la calificación legal, y mantener la valoración de la prueba, especialmente la credibilidad de la menor víctima.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La valoración de la prueba fue adecuada, incluyendo los informes médicos, psicológicos y las entrevistas en Cámara Gesell, donde la menor relató con coherencia y credibilidad los hechos. La pericia médica del Dr. Trotta fue correctamente valorada, y las dudas planteadas por la defensa fueron desestimadas por la Cámara, en línea con la experiencia y trayectoria del profesional. La declaración de la menor fue considerada verosímil, especialmente en relación a las conductas progresivas y las características del relato, que reflejaban un abuso real y no inventado. La existencia de un contexto de amenazas, miedo y manipulación fue corroborada por las expertas, y el relato fue apoyado por diversos elementos probatorios. La calificación legal fue corregida por un error involuntario en la sentencia, que atribuía una agravante distinta a la que realmente corresponde, sin modificar la escala de pena, que en su mínimo es de ocho años. La pena de diez años fue considerada adecuada y ajustada a las circunstancias del caso, sin que exista arbitrariedad o exceso en su imposición. La defensa insistió en cuestionar la credibilidad de la víctima, pero las pruebas y testimonios avalaron la versión de la menor, y la valoración de las pericias fue correcta. La revisión del caso no revela errores de fondo en la valoración de la prueba ni en la fundamentación de la condena. La apelación en cuanto a la excesividad de la pena fue rechazada, dado que la pena impuesta se encuentra dentro de los márgenes legales y proporcional a la gravedad del ilícito.
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