YUNG, RAI SON Y OTROS c/ ALLEGRINI, VANESA ALICIA s/ CONSIGNACION LABORAL
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Santa Fe confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, rechazando la demanda de consignación y admitiendo en parte la reconvención, pero revocando la condena solidaria al Sr. Yung Rai Son por entender que no se acreditó su carácter de empleador.
Actor: La empleadora, en el marco del proceso por extinción del vínculo laboral, consignación y reconvención. Demandado: La trabajadora, Vanesa Alicia Allegrini, y los codemandados Hyo Sik Son y Yung Rai Son. Objeto: Pago de indemnización por consignación, reconocimiento de la relación laboral y condenas solidarias. Decisión: La sentencia de primera instancia fue parcialmente confirmada, rechazando la demanda de consignación y admitiendo parcialmente la reconvención, con condena al pago del art. 80 LCT y costas, pero revocando la condena solidaria a Yung Rai Son por falta de acreditación de su carácter de empleador.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal evaluó la validez del telegrama de renuncia, concluyendo que su autenticidad no fue cuestionada y que no se probó que la extinción del vínculo laboral fuera fraudulenta o encubierta. En relación al art. 80 LCT, se determinó que la documentación no fue entregada en tiempo y forma, por lo que procede la indemnización. Respecto a la responsabilidad solidaria de Yung Rai Son, se consideró que no se acreditó su condición de empleador, ya que su participación se limitó a actividades de gestión y pago, sin prueba de subordinación o control directo. La capitalización de intereses fue confirmada y las costas distribuidas según la participación en cada instancia.
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