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MEINERS, ALEJANDRO MARTIN c/ COLOME S.A. -SENTENCIA COBRO DE PESOS RUBROS LABORALES- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA) (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte provincial deniega el recurso extraordinario federal interpuesto por Alejandro Martín Meiners contra la sentencia que declaró la procedencia del recurso de inconstitucionalidad y anuló una resolución judicial previa. La decisión se basa en que no se acreditó la definitividad del fallo atacado, siendo por ello inadmisible el recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Recurso extraordinario Inadmisibilidad Jurisprudencia Rechazo del recurso Reenvio Ley 48 Sentencia no definitiva Corte santa fe Requisito de definitividad Articulo 3 a del reglamento


- Quién demanda: Alejandro Martín Meiners

¿A quién se demanda?

Corte de la Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión del recurso extraordinario federal para llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación

¿Qué se resolvió?

La Corte provincial denegó el recurso, confirmando la inadmisibilidad por incumplimiento del requisito de definitividad del fallo impugnado

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El mismo arroja un resultado negativo a raíz del claro incumplimiento del recaudo establecido por el artículo 3, inciso a) del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En efecto, el incumplimiento se verifica ante la falta de demostración por parte de la recurrente de encontrarse satisfecha la exigencia de definitividad del fallo atacado, ya que el recurso extraordinario federal deducido no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable, de conformidad con la interpretación efectuada al respecto por el Alto Tribunal de la Nación." Además, se cita jurisprudencia que respalda la decisión: "cuando se denegara la concesión del recurso extraordinario allí planteado en función del rechazo por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de la tesis sustentada por este Tribunal en los precedentes 'Campos' y 'Consejo de Ingenieros'." La Corte concluye que "no demuestra que la cuestión planteada resulte idónea para operar la apertura de la vía del artículo 14 de la ley 48" y que el recurso no cumple con el requisito de definitividad del fallo atacado.

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