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CEPEDA, GONZALO JUAN ANTONIO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL CEPEDA, GONZALO JUAN ANTONIO s/ HURTO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe admitió la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una resolución que computó en el plazo de cumplimiento de la pena la detención previa en causa archivada y con sentencia en otro proceso. La decisión se fundamentó en la posible arbitrariedad y vulneración del principio de legalidad, ordenando la elevación de los autos para su análisis.

Arbitrariedad Derecho constitucional Control judicial Legalidad Recurso de inconstitucionalidad Computo del plazo Detencion previa Santa fe. Sistema de pena unica Prision archivada

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): Fiscal de la Agencia de Criminalidad Organizada del Ministerio Público de la Acusación de la segunda Circunscripción, doctor Caterina. A quién se demanda (Demandado): Juez del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia, doctor Llaudet, y la resolución que admitió el cómputo del tiempo de detención en causa archivada. Qué se reclama (Objeto de la demanda): Se cuestiona la constitucionalidad de la resolución que permitió computar en el plazo de cumplimiento de la pena el tiempo de detención en causa archivada y sin condena, alegando vulneración del derecho al acceso a la justicia, principio de legalidad y sistema de pena única. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Corte admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, ordenando su elevación para su análisis de fondo. Fundamentos principales de la decisión: "La lectura del memorial recursivo se advierte que las postulaciones del compareciente importan -prima facie
- articular con seriedad planteos que pueden configurar hipótesis de arbitrariedad con idoneidad suficiente como para operar la apertura de esta instancia extraordinaria." "La Corte resuelve: Admitir la queja y, en consecuencia, conceder el recurso de inconstitucionalidad interpuesto. Disponer que por Presidencia se ordene la elevación de los autos principales y se les imprima el trámite que corresponda." "En este contexto, la Corte considera que la fundamentación del recurso y los agravios presentados cumplen con los requisitos de admisibilidad, dado que existe una posible vulneración del derecho constitucional y principios jurídicos que justifican su análisis de fondo."

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