RINALDI, GERARDO c/ VIAL AGRO S.A. s/ JUICIO DESALOJO (IMPUGNACION DE LIQUIDACION)
La Cámara de Apelación de Circuito en Santa Fe declaró desierto el recurso de apelación contra la regulación de honorarios en un incidente de impugnación de liquidación. La decisión se fundamentó en que los agravios ya fueron contestados en primera instancia y que la impugnación no presenta nuevos argumentos.
- Quién demanda: Gerardo Rinaldi, en calidad de actor en la causa por desalojo y impugnación de liquidación.
¿A quién se demanda?
Vial Agro S.A., demandada en el proceso de desalojo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la liquidación de honorarios regulada por el juez de primera instancia, específicamente la cuantía de 0,17 Jus por actuación en incidente.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelación de Circuito rechazó el recurso de apelación y lo declaró desierto, confirmando la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara sostuvo que en el sistema procesal de la Provincia de Santa Fe, la impugnación de liquidación de honorarios en recursos en relación implica un nuevo traslado para expresar agravios, y si el recurrente repite argumentos ya contestados en primera instancia, su recurso queda huero y por ende desierto. La jurisprudencia citada (causas "BICA Coop. De Emprendimientos Múltiples" y "Coria") respalda que el mínimo legal en la regulación de honorarios puede ser perforado en casos de desproporciones irracionales, pero en este caso no se rebatieron los argumentos del juez de primera instancia. Además, se argumentó que la actuación aislada no implica segmentación procedimental en la causa, sino la resolución de una única cuestión. Por lo tanto, no existiendo agravios nuevos, procede la declaración de desierto del recurso con costas.
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