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N., J. E. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL N., J. E. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de la Provincia denegó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra una sentencia que resolvió una queja por denegación del mismo, argumentando que el recurrente no cumplió con los requisitos formales y sustanciales para su concesión, y que sus planteos carecían de fundamentación suficiente.

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- Quién demanda: La defensa técnica del encartado J. E. N.

¿A quién se demanda?

La Corte Superior de Santa Fe (este Tribunal)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia del 24 de mayo de 2022 que denegó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad local.

¿Qué se resolvió?

La Corte denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando que el recurrente no cumplió con los requisitos formales ni sustantivos necesarios, y que sus planteos eran meramente de disenso sin entidad constitucional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso deducido por la representación técnica del justiciable contra la resolución de esta Corte registrado en A. y S. T. 318, pág. 240 no cumple con los recaudos dispuestos en el artículo 3 -incisos "d" y "e"
- del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, al no efectuar una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando todas y cada una de las motivaciones enunciadas por este Tribunal Superior, demostrando, asimismo, que media una relación directa e inmediata entre las normas federales aludidas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada sea contraria al derecho federal invocado." "El recurrente no lograba demostrar una cuestión aprehensible en el artículo 1 de la ley 7055 en modo tal que la conectara 'prima facie' con la realidad del caso, por cuanto con los defectos apuntados y los reproches genéricos de violación de garantías constitucionales e invocación de arbitrariedad, se limitaba a expresar su mero disenso -sin entidad constitucional
- con lo resuelto." "Se concluye que la cuestión planteada no resulta idónea para conceder la vía del artículo 14 de la ley 48, por lo que se resuelve denegar la concesión del recurso extraordinario."

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