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N., J. E. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL N., J. E. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia negó la concesión del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa del imputado contra una sentencia que declaró procedente un recurso federal y ordenó remitir los autos para un nuevo juicio. La decisión se fundamenta en el incumplimiento de requisitos de admisibilidad y en la ausencia de afectación de garantías constitucionales en el caso concreto.

Derecho de defensa Admisibilidad Recurso federal Garantias constitucionales Sentencia definitiva Requisitos formales Non bis in idem Reenvio Recurso de inconstitucionalidad Corte santa fe


¿Quién es el actor?

La defensa técnica del imputado N. E.

¿A quién se demanda?

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia de la Corte provincial que declaró procedente un recurso extraordinario y remitiò los autos para un nuevo juicio.

¿Qué se resolvió?

Se denegó la concesión del recurso extraordinario federal por incumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidos en la normativa vigente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte provincial analizó si el recurso cumplía con los requisitos de admisibilidad previstos en el artículo 3, incisos "a" y "b" del reglamento aprobado por la acordada 4/2007. Observó que el recurrente no aportó un relato claro y preciso de las circunstancias relevantes del caso relacionadas con la cuestión federal invocada y que no acreditó que la resolución cuestionada sea sentencia definitiva o equiparable, ni presentó argumentos que permitan sustentar la existencia de excepciones a dicha regla. Además, recordó que el recurso de inconstitucionalidad fue declarado procedente en una instancia anterior con reenvío al tribunal para un nuevo juicio, lo cual implica que no se cumple el requisito de que la resolución sea definitiva. La defensa sólo presentó discrepancias sobre la solución del tribunal, sin demostrar la afectación concreta de garantías constitucionales como el principio non bis in idem, el derecho de defensa y el debido proceso, que habiliten la vía extraordinaria. En consecuencia, la Corte denegó la concesión del recurso.

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