LALLANA, LIDIA Y OTROS c/ MUNICIPALIDAD DE ROSARIO Y OTROS -DAÑOS Y PERJUICIOS (RECURSO DIRECTO)- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja de Servicios Portuarios S.A. contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad por la Cámara de Rosario, manteniendo la validez del fallo que confirmó la responsabilidad ambiental en un caso de contaminación por partículas en el Barrio Las Malvinas.
Actor: No especificado en el extracto, pero en el fondo la causa está vinculada a reclamos ambientales por contaminación en Rosario. Demandado: Servicios Portuarios S.A. (SEPOR). Objeto: Responsabilidad por contaminación ambiental y daños a la salud en el Barrio Las Malvinas, atribuida a la actividad de SEPOR y las empresas cerealeras, basada en mediciones de partículas en el aire y presencia de plaguicidas. Decisión: La Corte Suprema rechazó la queja de SEPOR, confirmando la admisibilidad y validez del fallo que denegó el recurso de apelación extraordinaria, y sostuvo que la valoración probatoria y las decisiones de la Cámara no presentaron arbitrariedad ni vicio constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La queja fue considerada una mera disconformidad con la valoración de la prueba y con las decisiones de la Cámara, en un contexto de especial protección ambiental y derechos colectivos. Se destacó que la valoración de la prueba por parte del Tribunal de origen, basada en informes técnicos y periciales, fue adecuada y en línea con la normativa ambiental y la jurisprudencia. La impugnante no logró demostrar arbitrariedad ni violación constitucional en la resolución cuestionada, sino una disconformidad fundada en la valoración probatoria. La jurisprudencia y la doctrina ambiental sustentan la protección del ambiente como bien colectivo, y los jueces tienen un rol activo en la protección del derecho a un ambiente sano. La Corte reafirmó que en la vía de la queja no corresponde revisar cuestiones de hecho o valoración probatoria, sino sólo vicios constitucionales.
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