GONZALEZ, MARTIN RAMON s/ PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA
La Cámara de Rosario confirmó la condena de González por portación ilegal de arma de fuego de guerra, rechazando los agravios defensistas y validando la valoración probatoria del tribunal de primera instancia. La sentencia fue considerada fundada y ajustada a derecho.
Actor: La Fiscalía y la parte acusadora en primera instancia. Demandado: Martín Ramón González. Objeto: La revisión de la sentencia condenatoria por portación ilegal de arma de guerra. Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, manteniendo la condena de cuatro años y seis meses de prisión por portación ilegal de arma de fuego de guerra.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analizó en profundidad las pruebas y declaraciones policiales, resaltando que González fue detectado en la vía pública portando un arma de fuego de fabricación casera, apta para disparar, en circunstancias que indican la finalidad ilícita del acto. La valoración de la prueba fue considerada adecuada y no arbitraria. La defensa alegó inconsistencias y una supuesta vulneración del principio "in dubio pro reo", pero la Cámara sostuvo que la prueba fue valorada racionalmente y en conformidad con el derecho. La pericia balística y las circunstancias del procedimiento policial avalan la responsabilidad del acusado. Además, se rechazaron los planteos relativos a la constitucionalidad del agravante por antecedentes penales, confirmando la constitucionalidad de la norma. La defensa solicitó la recalificación de la conducta, pero el tribunal consideró que la portación de arma de guerra en la vía pública, en las circunstancias del hecho, configura claramente el delito imputado.
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