ALASSIA, OMAR LEONILDO c/ MARENGO, HECTOR EDUARDO Y COOPERATIVA LIMITADA DE TAMBEROS LA HUMBERTINA s/ LABORAL
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Santa Fe revoca la sentencia de primera instancia y exime a la cooperativa La Humbertina de responsabilidad solidaria en el pago de los rubros laborales reclamados por Omar Alassia, basándose en la interpretación restrictiva del art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo.
- Quién demanda: Omar Leonildo Alassia.
¿A quién se demanda?
Héctor Eduardo Marengo y la Cooperativa Limitada de Tamberos "La Humbertina".
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Rubros laborales, incluyendo indemnizaciones por despido y otros conceptos, además de intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La sentencia de primera instancia que condenaba solidariamente a la cooperativa fue revocada, eximiéndola de responsabilidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala analizó la actividad de la cooperativa, concluyendo que la comercialización de granos no constituye actividad normal y específica propia del establecimiento, y que el transporte realizado por el actor no cumple con los requisitos del art. 30 de la Ley de Contrato de Trabajo para responsabilizar solidariamente a la cooperativa. Además, se determinó que la relación laboral no fue exclusiva ni se configuró la unidad técnica de ejecución suficiente para atribuir responsabilidad solidaria. La jurisprudencia nacional y provincial respalda una interpretación restrictiva del citado artículo, y en este caso, no se acreditan los elementos para la responsabilidad solidaria de la cooperativa.
- Palabras clave: Recurso de apelación, responsabilidad solidaria, art. 30 ley 20.744, actividad normal y específica, cooperativa, responsabilidad objetiva, transporte, actividades complementarias, jurisprudencia nacional y provincial, Derecho Laboral.
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