A., M. J. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL A., M. J. s/ ABUSOS SEXUALES CON ACCESO CARNAL REITERADOS AGRAVADOS POR TRATARSE LA VICTIMA MENOR DE DIECIOCHO AÑOS APROVECHANDOSE DE LA CONVIVENCIA PREEXISTENTE CON LA MISMA Y LA GUARDA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte provincial denegó el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Cámara en lo Penal. La decisión se fundamentó en que la impugnante no logró demostrar arbitrariedad ni vicios en la resolución, reiterando planteos ya rechazados en instancias anteriores.
- Quién demanda: La defensa del imputado A. J.
¿A quién se demanda?
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario contra la sentencia que confirmó la denegación del recurso de inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió?
La Corte provincial denegó la concesión del recurso, confirmando la decisión del Tribunal de Cámara.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El remedio deducido por la defensa del imputado, contra la decisión de este Cuerpo registrada en A. y S. T. 322, págs. 248/252 (fs. 101/105), no cumple con los recaudos establecidos en los artículos 2 y 3, incisos 'd' y 'e' del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En efecto, la impugnante no encabeza su escrito mediante una carátula con las formalidades prescriptas y no efectúa una crítica prolija y razonada de la resolución atacada, refutando debidamente todos y cada uno de los fundamentos independientes que le dan sustento en relación con las cuestiones federales planteadas. Así como tampoco demuestra que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión sea contraria al derecho invocado por su parte con fundamento en aquéllas (fs. 121/134). (...) La recurrente mayormente insiste con sus postulaciones recursivas -tanto ordinarias como extraordinarias-, sin brindar argumentos eficaces en orden a demostrar que este Tribunal hubiese rechazado la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad local, sin brindar razones jurídicas suficientes, de modo arbitrario o lesivo de derechos constitucionales." "La interesada en la vía federal no trae ningún argumento con aptitud para descalificar la resolución de este Tribunal, por la cual se explicó que los planteos recursivos resultaban reediciones de las alegaciones vertidas ante las instancias ordinarias y que al confrontarlas con los argumentos del auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad, no habían sido rebatidas por aquélla. (...) La Corte concluyó que la impugnante no había logrado persuadir en el caso, acerca de la irrazonabilidad o insuficiencia en la motivación del pronunciamiento exigida constitucionalmente para confirmar la condena de A. (art. 95, Const. prov.) o de la configuración de la alegada falta de tratamiento de ciertas postulaciones en la labor de los Sentenciantes. Por todo ello,
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