GROSSI MARCHISIO, OSCAR ALBERTO c/ PREVENCION ART S.A. s/ ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD DEL TRABAJO
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Santa Fe revocó la sentencia de primera instancia y ordenó el cálculo actualizado del VIBM y las prestaciones por accidente laboral de Oscar Alberto Grossi Marchisio, ajustando los criterios de actualización y los intereses conforme a la normativa vigente.
- Quién demanda: Oscar Alberto Grossi Marchisio
¿A quién se demanda?
Prevención ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones por accidente y/o enfermedad laboral, actualización del VIBM y aplicación de intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la resolución de primera instancia, ordenando el cálculo actualizado del VIBM y los intereses, además de confirmar la procedencia de las prestaciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara evaluó que la valoración de la prueba en primera instancia fue adecuada y que la relación causal entre las tareas laborales y la patología cervical del actor estaba suficientemente acreditada mediante informes periciales, declaraciones testimoniales y antecedentes documentales. La crítica de la demandada respecto a la inexistencia de vínculo laboral con la patología fue desestimada, dado que la prueba probatoria sustentó la relación causal. En cuanto al cálculo del VIBM, se consideró que la interpretación correcta de la normativa vigente (art. 12 de la Ley 24.557 modificada por el Decreto 669/19) requiere aplicar los mecanismos de actualización y los intereses en los términos propuestos por la Cámara, atendiendo la ley, la jurisprudencia y la constitucionalidad. La Cámara también abordó la problemática del cambio de criterio en otros procesos y la constitucionalidad del Decreto 669/19, concluyendo que su aplicación es válida y que el método de actualización debe seguir los parámetros establecidos en los incisos del art. 12 de la ley, con actualización por RIPTE y los intereses correspondientes. La Cámara además rechazó los agravios de la actora respecto a la técnica de cálculo y la actualización del VIBM, y sobre la nulidad subsidiaria, por no haber sido fundamentados de forma autónoma y por no existir vicios de nulidad en el proceso.
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