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RODRIGUEZ, ETHEL MABEL c/ ZAPATA, JUAN JOSE Y OTROS s/ COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES

La Cámara de Apelaciones revoca la sentencia de primera instancia y declara la nulidad del proceso por fundamentarse en pruebas y notificaciones inválidas, además de modificar la imposición de costas. La decisión se basa en la inexistencia de notificación válida del reclamo laboral y en la inaplicabilidad del despido indirecto sin notificación fehaciente.

Costas Presunciones Notificacion fehaciente Relacion laboral Despido indirecto Pruebas Jurisprudencia laboral Nulidad de proceso Santa fe. Domicilios incorrectos


- Quién demanda: Ethel Mabel Rodriguez

¿A quién se demanda?

Juan José Zapata y Silvina Zapata

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento de vínculo laboral, indemnización por despido, costas y otros rubros laborales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y declara la nulidad del proceso por afectación del derecho de defensa, por haberse basado en notificaciones inválidas dirigidas a domicilios incorrectos, y en la valoración errónea de las pruebas y presunciones. La misma sentencia sostiene que la notificación del requerimiento previo y del despido no llegó a conocimiento del demandado, por lo cual no se configuró el despido con los requisitos legales. Además, se establece que el rechazo de las telegramas por un domicilio erróneo no implica mala fe del demandado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La jurisprudencia ha rechazado acciones tendientes al cobro de indemnizaciones laborales en condiciones similares a la presente, alegando que no se configura un despido imputable a la responsabilidad del empleador en tanto la intimación cursada y el telegrama por medio del cual el trabajador se colocó en situación de despido no llegaron a la esfera de conocimiento del demandado dado que fueron enviadas a un domicilio incorrecto". "Al no haber ingresado a la esfera de conocimiento del Sr. Zapata el reclamo cursado por la Sra. Rodriguez, no contó con posibilidad alguna de efectuar su descargo en los términos establecidos por la normativa vigente. Por lo tanto, la reacción adoptada por la hoy actora -autodespido
- no ostenta justificación alguna ya que el silencio / falta de respuesta en que lo fundó no fue tal". "La validez de las intimaciones y notificaciones es un requisito esencial para la validez del despido y la existencia del vínculo laboral; su ausencia implica la nulidad del proceso y la improcedencia del reclamo en las condiciones en que fue planteado".
- Votos en disidencia: No se registran votos disidentes en los fundamentos del fallo.

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