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VERON, DANIEL EZEQUIEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL SAUCEDO, JUAN RAMON Y VERON, DANIEL EZEQUIEL s/ HOMICIDIO CALIFICADO CRIMINIS CAUSA s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la condena de Daniel Ezequiel Verón, confirmando la legalidad y fundamentación del fallo que mantuvo la sentencia de prisión perpetua.

Arbitrariedad Recurso de queja Inconstitucionalidad Valoracion probatoria Garantias Principios constitucionales Derecho penal Prision perpetua Legalidad del procedimiento Santa fe


- Quién demanda: Defensa técnica de Daniel Ezequiel Verón

¿A quién se demanda?

Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La inconstitucionalidad de la condena y la pena de prisión perpetua, y la supuesta arbitrariedad en la valoración probatoria y la legalidad del procedimiento policial.

¿Qué se resolvió?

La Corte rechazó la queja por carecer de fundamentos que demuestren arbitrariedad o vulneración constitucional, confirmando la validez de la sentencia y la fundamentación de la Cámara de Apelación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De la lectura del pronunciamiento impugnado surge que se analizaron cada una de las postulaciones defensivas y se expuso por qué ninguna de ellas resultaba idónea para rebatir el razonamiento esgrimido por el Tribunal de juicio en respaldo de la condena a Verón. Así, los Judicantes explicaron por qué debía tenerse por acreditada la existencia del robo al menos como principio de ejecución en instancias ejecutivas, a partir principalmente del testimonio de la hija de la víctima, reforzado por prueba documental y testimonial del personal policial que actuó en el procedimientos, lo que eliminaría cualquier pretensión de calificar como indiciaria la prueba rendida en juicio." "Respecto a la legalidad del procedimiento policial, se concluyó que las constancias de la causa permitían convalidar la actuación policial a partir de un razonamiento que 'prima facie' autorizaba a justificar un supuesto de cuasiflagrancia, reafirmada por la intervención del fiscal y el control judicial." "En relación al principio de 'indubio pro reo', la Corte afirmó que no se configuró arbitrariedad en la valoración de la prueba o en la calificación legal, ya que las decisiones judiciales se fundaron en una fundamentación suficiente y racional." "Por último, en cuanto a la constitucionalidad de la pena de prisión perpetua, se indicó que su impugnación resulta prematura, dado que aún no se encuentran agotadas las vías para solicitar beneficios penitenciarios, y que las cuestiones futuras no constituyen un perjuicio actual, por lo que no procede la revisión en esta instancia."

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