RUIZ, GISELA MARIELA Y OTROS c/ GABUTTI, DIEGO FABIAN Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe casó la sentencia que condenó a los accionados por daños derivados de un accidente ocurrido en 2009. La resolución fue modificada por considerar que la sentencia de primera instancia carecía de fundamentación válida y prueba objetiva suficiente.
¿Quién es el actor?
Gisela Mariela Ruiz y Daniel Alberto Bravo.
¿A quién se demanda?
Diego Fabián Gabutti y Empresa Recreo S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños materiales y morales, incluyendo pérdida de chance, daño moral, y gastos no documentados, por un accidente de tránsito en 2009 que provocó un embarazo no deseado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso de apelación, casó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nro. 4 resolvió hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, condenó a los accionados...". Sin embargo, la sentencia fue revocada por considerar que la fundamentación de la fallo original no se sostenía en pruebas objetivas, basándose únicamente en afirmaciones dogmáticas que carecían de respaldo en las constancias del expediente. Además, se criticó que el tribunal de primera instancia había dado crédito a declaraciones de la actora sin prueba suficiente, y que la valoración de la responsabilidad se realizó sin considerar la falta del carnet de conducir de la víctima, lo cual constituye un error jurídico y probatorio grave. La sentencia impugnada también presuponía responsabilidades sin fundamentos sólidos, desconociendo las constancias del expediente y la normativa procesal y sustantiva aplicable. Se resaltó que las decisiones judiciales deben estar basadas en un razonamiento lógico y fundamentado en evidencias concretas, lo que en este caso no ocurrió. La revisión de la prueba evidencia que la sentencia de primera instancia no cumplió con los estándares de motivación y objetividad requeridos, justificando así la casación y el rechazo de la demanda.
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