ABRAHAM, GUSTAVO GABRIEL Y BOSCARINO, ANGEL ANTONIO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL ABRAHAM, GUSTAVO GABRIEL (1); BOSCARINO, ANGEL ANTONIO (2) s/ APELACION FISCAL RESOLUCION DE SOBRESEIMIENTO (27.03.2017) Y PLANTEO DEFENSA DE ABRAHAM DE CADUCIDAD DEL RECURSO DE APELACION EN BUSANICHE Y OTROS s/ FALSEDAD IDEOLOGICA Y PRIVACION ILEGITIMA DE LA LIBERTAD CALIFICADA- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJAS ADMITIDAS)
La Corte Suprema de Santa Fe declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra resoluciones judiciales en causa penal, confirmando la validez del proceso y la firmeza de las decisiones previas, por falta de interés actual y la existencia de vía recursal agotada.
¿Quién es el actor?
Gustavo Gabriel Abraham y Angel Antonio Boscarino (en representación de sus derechos).
¿A quién se demanda?
Decisiones del Juez Alejandro Tizón y actos consecuentes en la causa penal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de resoluciones que revocaron autos de sobreseimiento y dictaron nuevas decisiones, argumentando violaciones constitucionales y vulneraciones del debido proceso.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró la inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad por haberse convertido en abstracto tras la anulación de la resolución que generó el agravio, y por la falta de interés actual en la causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En la causa de referencia, esta Corte ha resuelto declarar procedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de los señores Abraham y Boscarino y anular la resolución N° 354 de fecha 7 de mayo de 2021 dictada por el Juez Penal del Colegio de Jueces de Segunda Instancia, doctor Alejandro Tizón y todos los actos que son su consecuencia, a la par de disponer la remisión de los autos a un nuevo Tribunal para que, con arreglo a las consideraciones vertidas en el mencionado decisorio, se expida en orden al examen de admisibilidad del recurso de apelación interpuesto por el Fiscal contra el auto de sobreseimiento del 27 de marzo de 2017." "Por ello, la recurrente ha visto satisfecha su pretensión y el agravio no subsiste en estas actuaciones, con lo que resulta de aplicación al sub lite el principio conforme al cual, verificada tal situación, la impugnación no es viable desde que la decisión judicial devendría inoficiosa e inútil..." "En consecuencia, la cuestión ha devenido abstracta y ello torna en los presentes inoficioso el dictado de una sentencia de mérito."
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