M., O. R. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL M., O. R. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL DOBLEMENTE AGRAVADO POR SER COMETIDO POR UN ASCENDIENTE Y CONTRA MENOR DE 18 AÑOS APROVECHANDO LA SITUACION DE CONVIVENCIA PREEXISTENTE s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja presentada por la defensa del imputado contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad, confirmando la constitucionalidad del acuerdo que mantuvo la condena por abuso sexual agravado basada en la valoración de prueba y la fundamentación del tribunal.
Actor: Defensa del imputado M. R. M. Demandado: Tribunal Colegiado del Colegio de Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario Objeto: Inconstitucionalidad del acuerdo que confirmó la condena y la fundamentación del fallo, en particular la valoración de la declaración de la víctima y la prueba médica, alegando arbitrariedad y vulneración de garantías constitucionales. Decisión: La Corte rechazó la queja por considerar que los agravios no logran configurar una cuestión constitucional que justifique la intervención de esta Corte, ya que los argumentos se limitan a disconformidad con la valoración de la prueba y no evidencian arbitrariedad o vulneración de derechos fundamentales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios defensivos se dirigen a cuestionar la meritación que el Tribunal hiciera de la declaración de la niña prestada en 'Cámara Gesell' -a la que tilda de contradictoria-, así como de los elementos de descargo presentados por su parte. Mas lo cierto es que a poco que se examine el pronunciamiento atacado se advierte que ellos son la simple reiteración de los expuestos en las instancias ordinarias y que ya fueron abordados y rechazados por los Jueces con motivación suficiente. Y, por lo tanto, sólo evidencian su mera disconformidad con la interpretación que de los hechos y de la prueba efectuó la Cámara en ejercicio de funciones propias, sin que se avizore la presencia de un supuesto de arbitrariedad que justifique la intervención de esta Corte." "Es que, la Alzada brindó una acabada motivación para fundar su decisión de confirmar la condena a M. por las conductas de abuso sexual atribuidas en relación a S. M., considerando correcta la valoración realizada por el Tribunal de grado para tenerlas por acreditadas y, a partir de allí, convalidar el fallo de primera instancia."
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