VERGARA, MARIANO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL VERGARA, MARIANO s/ AMENAZAS CALIFICADAS POR USO DE ARMA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
El recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de Mariano Vergara fue denegado por la Corte provincial debido a que no se cumplieron los recaudos formales y sustanciales para su admisión. La sentencia fundamenta que los agravios no evidencian vicios que justifiquen la intervención federal y que la decisión impugnada está debidamente fundada.
- Quién demanda: Mariano Vergara (a través de su defensa)
¿A quién se demanda?
Corte de la Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de inconstitucionalidad contra sentencia del Tribunal de Cámara en lo Penal de Rosario
¿Qué se resolvió?
Se deniega la concesión del recurso extraordinario
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal explicó que el recurso no cumple con los requisitos del artículo 3, incisos "d" y "e", del reglamento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ya que la recurrente no realiza una crítica razonada de la sentencia ni demuestra una relación directa entre las normas invocadas y el caso, ni que la decisión impugnada sea contraria a los derechos invocados. Se señala que las críticas son genéricas y reiterativas, intentando imponer su propia interpretación, sin fundamentar un eventual vicio en la resolución. La Corte también desestimó los agravios relacionados con la doctrina de leal acatamiento y el derecho de acceso a la jurisdicción, argumentando que la sentencia atacada brindó un análisis suficiente y que los planteos de arbitrariedad y afectación constitucional ya fueron abordados y desestimados en la instancia local. La decisión también se fundamenta en que no se acreditó que las cuestiones propuestas excedan el interés individual ni afecten directamente a la comunidad. La resolución concluye que no se configura ningún supuesto que justifique la intervención de esta Corte, por lo cual se deniega el recurso extraordinario.
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