BECCARIA, JONATAN MARCELO c/ AUNARQ LIMITADA COOPERATIVA DE TRABAJO Y OTROS -COBRO DE PESOS LABORAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte provincial rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que confirmó una condena parcial en un proceso laboral. La decisión se fundamentó en la insuficiencia de los argumentos recursivos y la falta de fundamentación suficiente del recurso extraordinario.
- Quién demanda: La actora (quejosa)
¿A quién se demanda?
La Sala Segunda de la Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de Rafaela
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad de la resolución que denegó el recurso extraordinario, por supuesta arbitrariedad y vicio de incongruencia, específicamente por la supuesta revisión de aspectos no apelados y la afectación de garantías constitucionales.
¿Qué se resolvió?
La Corte provincial rechazó la queja por no cumplir con los requisitos de admisibilidad del recurso extraordinario, por insuficiente fundamentación, y por tratar cuestiones que corresponden a la esfera del derecho común y no a la instancia de excepción. Además, se resaltó que la parte quejosa no logró demostrar un apartamiento del derecho a la jurisdicción ni una violación constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El memorial recursivo resulta insuficiente desde el punto de vista técnico para lograr demostrar que la decisión de la Cámara violó la ley o prescindió de ella, pues no se presenta un argumento de arbitrariedad que pueda considerarse viable en abstracto. Además, la parte recurrente desarrolla la doctrina de la arbitrariedad sin un mínimo de fundamentación fáctica que permita comprender los hechos y antecedentes del caso. La queja invoca una supuesta intromisión en una cuestión no propuesta en la instancia de revisión, pero la sentencia de la Cámara abordó expresamente la extensión de responsabilidad en su resolución, por lo que la queja resulta inadmisible por carencia de fundamentación suficiente y por tratar cuestiones de derecho común, ajenas a la instancia de revisión extraordinaria." "Asimismo, la presentación directa incumple con el requisito del artículo 8 de la ley 7055, y no se demuestra un error de constitucionalidad que justifique la vía excepcional, por lo que la misma debe ser rechazada." "Por todo ello, la Corte rechaza la queja y confirma la decisión de la Cámara en orden a la denegación del recurso de inconstitucionalidad."
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